El Fichero Informático de VehÃculos Asegurados (FIVA) arroja que hay unos 29 millones de vehÃculos asegurados en España.
El propietario de un vehÃculo a motor está obligado a contratar un seguro de Responsabilidad Civil para el conductor.  La cobertura del Seguro Obligatorio de vehÃculos, es de hasta 70 millones de euros/siniestro para las vÃctimas. Y de hasta 15 millones de euros/siniestro por daños materiales.
CONSECUENCIAS DE NO TENER SEGURO
Se responderá personalmente con su patrimonio, tanto el conductor como el propietario, frente a daños ocasionados derivados de la circulación; una sanción administrativa que oscila entre 601 a 3.005 euros (el 50% del importe va al Consorcio, mas el 3% de todas las primas de seguros de vehÃculos),  calculada en función de si estaba o no en circulación; El precinto e in movilización del vehÃculo por UN MES, o de TRES MESES si se es reincidente, o de UN AÑO si se quebranta la in-movilización.
¿NINGUNA COMPAÑÃA LE ASEGURA?
La poca experiencia o la edad del conductor; determinados vehÃculos (de elevada potencia, o muy caros), etc. Hacen que muchas CompañÃas de Seguros bien se nieguen a aceptar esos riesgos o bien manejen unas primas demasiado elevadas.
En estos supuestos, el Consorcio tiene la obligación de asegurarles, asegurando también vehÃculos oficiales.
Consorcio de Compensación de Seguros.
Es un organismo Público dependiente del Estado, al servicio del sector asegurador español, y sometido a la Ley 30/1995, de 8 de noviembre, de Ordenación y Supervisión de los Seguros Privados, y a la Ley 50/1980, de 8 de octubre, de Contrato de Seguro.
Con funciones aseguradoras son subsidiarias al seguro, actuando en los siguientes órdenes:
- Asegurador directo como una compañÃa aseguradora más.
- Hacerse cargo de las indemnizaciones en circunstancias de insolvencias, por vehÃculos robados, desconocidos, o sin seguro responsables de daños.
- Cubrir indemnizaciones de Riesgos Extraordinarios, terrorismo, graves inundaciones, terremotos…
El Consorcio no indemnizará lucro cesante, enfermedad, asistencia en viaje, seguros agrarios combinados…No cubre daños producidos directamente por lluvia, granizo, goteras, humedades; o por rotura de presas, alcantarillas, hundimientos, corrimientos, desprendimientos o erosiones del terreno (salvo si fueran consecuencia de inundación); ni los producidos por conflictos armados.
Franquicias
Indemnización daños materiales: franquicia de 210 € (vehÃculo robado) y de 420 € si el vehÃculo causante de los daños careciera de seguro.
Oficinas del Consorcio: Oviedo, C/ Caveda 14 – Tfno.: 98 520 86 90 ; Madrid, Paseo de la Castellana, 44 – Tfno.: 91 339 57 07.