Las características de la cláusula suelo
• Imposición
• Carencia de suficiente información
• Redacción opaca y farragosa
• Desequilibrio en contra del consumidor
Los tribunales las anulan en base a la doctrina de la Sentencia del Tribunal Supremo de 9 de mayo de 2013, al aplicar el Texto Refundido de la Ley General para la Defensa de Consumidores y Usuarios (TRLGDCU).
Pero, de momento… el Tribunal Supremo, en sentencia 367/2016 de 3 de junio, señaló que el control de transparencia está reservado a los consumidores, y que la cláusula supera el control de incorporación, por lo que no la consideró abusiva.
Ello no significa que esté todo perdido, habrá que acudir a otras vías, como la (LCGC) Ley de Condiciones Generales de la Contratación. Pues en esta norma es irrelevante la condición o no de consumidor si la cláusula fue impuesta en la hipoteca.